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¿Qué es el testamento ‘del uno para el otro’?

Hay parejas que a pesar de tener hijos, deciden que quieren hacer un testamento en el que se leguen mutuamente todos sus bienes

Autora:  Lidia Orellana

Fuente: tododisca.com

El testamento es el acto jurídico mediante el cual, una persona estipula quiénes serán las personas que dispondrán de todos sus bienes llegado el momento de su muerte. Pero este hecho es mucho más complejo de lo que parece. Pues en realidad, el testador no tiene libertad absoluta para repartir esos bienes. ¿Por qué? Pues porque por ley, existen unos herederos forzosos con derechos sucesorios.

Estos herederos forzosos, exista o no testamento, indica la ley que son: Los descendientes del fallecido, en primer lugar. A falta de estos, los ascendientes. Y en tercer lugar, si no existieran ninguno de los anteriores, el cónyuge. Si el fallecido no tuviera ningún tipo de familia y no hubiese otorgado testamento, los bienes pasarían a disposición del Estado.

Pero entonces, ¿Qué es un testamento ‘del uno para el otro’? Se utiliza esta expresión para referirse al testamento entre cónyuges. Lo que suele ocurrir en estos casos es que en sus respectivos testamentos, se legan entre ellos el usufructo vitalicio de todos sus bienes.

¿Puedo dejar en mi testamento todos los bienes a mi cónyuge?

Hay ocasiones en que una pareja, a pesar de tener descendencia, decide que quieren hacer un testamento para dejarse todo el uno para el otro. Lo cierto es que en todo el territorio español donde rige el Derecho Común, es imposible legar mediante testamento todos tus bienes a tu pareja. En este caso, lo habitual es que se leguen el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes entre ellos.

Cabe señalar que cuando se habla de usufructo, nos referimos al derecho del uso y disfrute, por parte de una persona, de unos determinados bienes. El usufructuario no es propietario de un bien, no obstante, puede utilizarlo y recoger los frutos que pueda generar mientras viva. Eso sí, no podrá transmitir su propiedad, pues esta pertenece a los herederos.

Por tanto, si lo que se quiere es hacer un testamento, coloquialmente llamado, ‘del uno para el otro‘, deberás testar mediante el acto que se conoce como usufructo universal y vitalicio. Este permite al cónyuge usar todos los bienes, pero con la condición de mantenerlos en buen estado, pues la propiedad, aún cuando el usufructuario esté disfrutando de ellos, pertenece a los herederos forzosos.

Normalmente, para llevar a cabo este usufructo universal y vitalicio, lo que se hace es mejorar lo que corresponde a los herederos forzosos. Es decir, además de la legítima, se utiliza el tercio de mejora y el de libre disposición para mejorar el caudal hereditario que les corresponderán tras el fallecimiento del usufructuario. De hecho, en caso de que alguno de los herederos, una vez fallecido el testador, se niegue a que el cónyuge reciba este usufructo universal y vitalicio, solo recibirá la legítima estricta.

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