· Fecha: 30/12/2024
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha marcado un precedente al exigir a la Agencia Tributaria que demuestre de forma clara el ahorro de impuestos o el fraude antes de proceder a regularizaciones fiscales contra extranjeros que adquieren viviendas de lujo en España mediante sociedades. Según el tribunal, el simple hecho de que Hacienda considere que un contribuyente pagó menos en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) porque una sociedad (100% propiedad del extranjero) figura como titular del inmueble, no es suficiente para justificar una regularización.
El Caso que Sentó Jurisprudencia
La sentencia, fechada el 30 de octubre, analiza el caso de un ciudadano ruso propietario de una sociedad que, a su vez, poseía un apartamento de lujo en Marbella. El contribuyente residía en el inmueble mediante un contrato de alquiler, pagando una renta a la sociedad, hasta que esta vendió la empresa, incluyendo el piso.
La Agencia Tributaria argumentó que se estaba simulando una operación de alquiler para evitar el pago de impuestos. Según el fisco, la empresa no realizaba una actividad real de arrendamiento y, por tanto, no podía tributar en el Impuesto de Sociedades ni deducir los gastos relacionados con el inmueble. Además, alegó que el dinero pagado en concepto de alquiler se utilizaba realmente para cubrir los salarios y costes del mantenimiento del inmueble.
El TSJM Desmonta los Argumentos de Hacienda
El tribunal rechazó las afirmaciones de la Agencia Tributaria al constatar que la sociedad cumplía con los requisitos legales para desarrollar la actividad de alquiler. Estaba registrada en el Impuesto de Actividades Económicas y contaba con un empleado a tiempo completo encargado de gestionar el inmueble.
El fallo señala que Hacienda no presentó pruebas suficientes para demostrar que el alquiler encubría un fraude fiscal ni que el pago de la renta ocultaba otros fines. Además, destacó que la estructura societaria no constituía, por sí sola, una simulación fiscal.
Transparencia en la Estructura Empresarial
El tribunal también subrayó que el contribuyente no ocultó la titularidad de las empresas involucradas, lo que refuerza la conclusión de que no existió un intento de simulación u ocultación para obtener ventajas fiscales.
Conclusión de la Sentencia
La resolución del TSJM deja claro que no basta con que Hacienda afirme que hubo un ahorro fiscal derivado de la estructura societaria. Es necesario que la Agencia Tributaria demuestre, con datos concretos, que realmente existió una ventaja fiscal indebida. Por ello, el tribunal ha anulado las regularizaciones practicadas, sentando un precedente clave en la fiscalidad de los extranjeros con propiedades en España a través de sociedades.
Este fallo representa un importante avance en la protección de los derechos de los contribuyentes extranjeros y establece un estándar más alto para las actuaciones de la Agencia Tributaria.