Bienvenido a YesHouse

El Tribunal Supremo respalda a Hacienda para ajustar el impuesto de transmisiones según el valor de tasación

·     Fecha: 23/12/2024

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que la Agencia Tributaria tiene la facultad de ajustar el valor de un inmueble declarado por los contribuyentes para el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) si la tasación oficial es superior al precio de compraventa.

La sentencia, emitida el 4 de diciembre y redactada por la magistrada María de la Esperanza Córdoba, analiza el caso de una empresa que adquirió un centro comercial por 19,8 millones de euros, cantidad sobre la que calculó el impuesto correspondiente. Sin embargo, la tasación oficial del inmueble ascendía a 21,8 millones de euros, motivo por el cual la Agencia Tributaria reclamó el pago ajustado al valor tasado.

El Tribunal Supremo ha validado la actuación de Hacienda, recordando que el artículo 57 de la Ley General Tributaria otorga a la Administración la facultad de comprobar los valores de los bienes sujetos a tributación mediante el valor de tasación.

La empresa argumentó que Hacienda no había justificado adecuadamente la apertura del procedimiento de comprobación. No obstante, la sentencia aclara que la diferencia significativa entre el valor declarado y el valor de tasación constituye justificación suficiente para iniciar dicha comprobación.

El fallo del Supremo también aclara que Hacienda no está obligada a demostrar indicios de fraude o ocultación para iniciar este procedimiento. Además, aunque el contribuyente no puede recurrir directamente la valoración fiscal, sí tiene derecho a solicitar una tasación pericial contradictoria para defender su posición.

Con esta resolución, el Tribunal Supremo unifica criterios y elimina las discrepancias existentes entre distintos tribunales respecto a la justificación necesaria para que Hacienda ajuste el valor fiscal de un inmueble en función de su tasación oficial.

Esta sentencia marca un precedente importante en materia tributaria, aclarando el margen de actuación de la Agencia Tributaria en la valoración fiscal de inmuebles y ofreciendo mayor seguridad jurídica tanto para la Administración como para los contribuyentes.

 

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad